Indice del artículo
Estatutos de Federachi
II: De los Socios
III: Del Directorio
IV: Del Presidente
V: Del Secretario
VI: Del Tesorero
VII: De las Asambleas
VIII: De la Comisión Revisora de Cuentas
IX: Del Patrimonio
X: De la Disolución
Todas las páginas

T I T U L O   VI   Del Tesorero

Artículo Veintiuno: El Tesorero será el responsable y manejará los fondos sociales, los que deberá mantener en una cuenta corriente que se abrirá a nombre de la Federación en una institución bancaria, de la que sólo podrán girar con la firma del Presidente y Tesorero o de quienes hagan sus veces. Llevará la cuenta de los ingresos y egresos, con sus correspondientes comprobantes, cobrará las cuotas sociales; tendrá el control de todo gasto de la Federación y de las deudas de los asociados, rendirá cuenta al Directorio y a la Comisión Revisora de Cuentas cuando sea exigido y presentará los balances e inventarios que el Directorio solicite y un balance anual, que se insertará en la Memoria Anual del Directorio.



Federachi
Eduardo Cruz Coke 389 Oficina C, Casilla 9570  Santiago 21 - email: federachi@federachi.cl